Cineración para Adultos - Con mas de 8 años de sepultados

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Cineración de Restos

Fallecidos adultos con más de 8 años de sepultados.

25 UF

Valor actual UF

$902.225

  • Recepción en la capilla del cinerario (Arzobispo Valdivieso 555, Recoleta).
  • Anfitriona en servicio de recepción.
  • Tramitación de autorización de cineración en SEREMI de Salud.
  • Impuesto de resolución del Seremi.
  • Ánfora institucional Acoger (cobriza).

Al momento de solicitar el Servicio de Cremación, usted debe contar y entregar en el Cinerario Católico La Recoleta los siguientes documentos:

  • Cédula de Identidad del fallecido
  • Certificado médico de Defunción: este documento es gestionado por la funeraria y es parte de los servicios que prestan. Debe ser emitido exclusivamente por un médico y no puede contener errores ni enmendaduras. La información contenida debe ser idéntica a la cédula de identidad. Es importante mencionar que este es un documento trascendental para la autorización legal, por lo que en términos generales la causa del fallecimiento estipulada en él no puede dejar dudas sobre la participación de terceros o causas de la muerte.
  • Pase de Sepultación: Este documento es gestionado por las empresas de servicios funerarios y en el caso de cremación debe indicar como destino “Cementerio Católico de Recoleta”.

A fin de que el proceso administrativo sea expedito y sin inconvenientes, se sugiere contar con la Manifestación de Última Voluntad. Este documento debe firmarse en Notaria y en vida, de manera de manifestar la voluntad de ser cinerado y evitar trámites adicionales para los familiares. Adjuntamos una propuesta de formato de este documento. Agradecemos a quienes optan por este documento nos lo hagan llegar o que informen a un responsable que lo entregue al momento de gestionar la cremación. Sin esta declaración, la autorización de cineración es entregada por los familiares directos quienes deben firmar la Solicitud de Autorización de Cremación para presentar al SEREMI (Servicio de Salud). Corresponderá firmar este documento alguna de las siguientes personas en este nivel de prioridad:

  • Si está legalmente casado, lo debe solicitar exclusivamente el cónyuge registrado en el Certificado de Matrimonio
  • Si es soltero o viudo y tiene hijos reconocidos, se hace necesario que la mitad más uno de ellos firme
  • Si no existe familia directa debe solicitar información sobre los pasos a seguir y documentación necesaria.

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