Necesidad Inmediata

Este tipo de venta de Servicios Funerarios se realiza a las familias que tienen a un ser querido Fallecido y requiere urgentemente ser sepultado.
La urgencia esta sujeta a lo señalado en el Código Sanitario, que en forma expresa indica que la persona fallecida debe ser sepultada en un plazo mínimo de 24 horas, y máximo de 48 horas, salvo casos excepcionales de 72 horas.

 

- Adquisición del Servicio Funerario

“Urna”
“Instalación en Velatorio”
“Traslado a Cementerio”

- Inscribir la defunción en el Registro Civil

- Pase de Sepultación

- Asesoria (según corresponda)

- Tramitación de Cuota Mortuoria (según corresponda)

- Otros